
El ministerio de Energía anunció que suspenderá la medición de horario de punta y el recargo por energía adicional de invierno, con el fin de promover la actividad económica, proteger el empleo y aportar al cuidado del presupuesto familiar.
La medida se aplicará en los meses de abril y mayo, agosto y septiembre, y sólo tendrá vigencia durante junio y julio. Esta decisión excepcional aplicada el año pasado, permite a las Pymes, el comercio e industrias “compatibilizar mejor los turnos de trabajo con las restricciones de las cuarentenas, toques de queda y resguardos sanitarios”, explicó el ministro de Energía, Juan Carlos Jobet. Para los hogares, permite evitar que el aumento del consumo generado en la pandemia sufra un recargo que eleve los cobros en la cuenta de elecricidad eléctrica por “límite de invierno”.
Las “Horas Punta” son aquellas en las que el sistema eléctrico registra los mayores niveles de consumo. Entre abril y septiembre, corresponden al período comprendido entre las 18 a 22 horas. Controlar la demanda en esos tramos indica una señal de alza de precios en períodos de mayor exigencia del sistema, para que los clientes racionalicen su consumo eléctrico.
El decreto está en trámite en la Contraloría General de la República y se espera la toma razón para ser publicado en el Diario Oficial.